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Disponemos del mejor equipo de profesionales para reclamar la devolución del tributo municipal correspondiente a la plusvalía.
Recuperamos el importe de la plusvalía en los siguientes casos:
1) Si vendió o heredó un inmueble antes del 10 de noviembre de 2021, exista o no incremento de valor. Siempre que no hayan pasado más de 4 años desde la autoliquidación.
2) Si ha vendido o heredado un inmueble después del 10 de noviembre de 2021, siempre que haya sido a pérdidas.
El Tribunal Constitucional en sentencia del 11 de mayo de 2017 declara "que los arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4, todos ellos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, son inconstitucionales y nulos, pero únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor."
En 2019 El Tribunal Constitucional se pronunció también en contra de este tributo, amparando a quienes lo pagaron con beneficio en la venta, pero limitado a dicha ganancia.
Posteriormente, El Tribunal Constitucional en sentencia del 26 de octubre de 2021 declara inconstitucional y nulo buena parte del artículo 107 de la Ley de Haciendas Locales por entender erróneo el cálculo, exista o no incremento de valor en la venta. Por lo tanto, cuando se transmita algún inmueble urbano, ya sea por venta, donación o herencia, el ayuntamiento ya no podrá cobrar el impuesto de plusvalía.
Una vez declarada inconstitucional la plusvalía municipal, y hasta el 10 de noviembre de 2021, en el que entró en vigor la nueva regulación del impuesto de plusvalía llevada a cabo por el Gobierno, si usted ha pagado el impuesto de plusvalía municipal puede reclamar su devolución en los siguientes casos:
1) Si vendió o heredó un inmueble antes del 10 de noviembre de 2021, exista o no incremento de valor. Siempre que no hayan pasado más de 4 años desde la autoliquidación.
2) Si ha vendido o heredado un inmueble después del 10 de noviembre de 2021, siempre que haya sido a pérdidas.
Una vez estudiada la viabilidad de la reclamación le informaremos del importe que podrá recuperar y de nuestros honorarios y, si usted lo desea, iniciamos la reclamación al Ayuntamiento que le cobró la plusvalía de forma inconstitucional.
Buscar al mejor abogado no debe convertirse en un problema mayor que el que pretende resolver
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